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Fallo en EE.UU. por YPF: un giro judicial que alivia a la Argentina y reordena expectativas

Kirchneristas, macristas y libertarios celebraron por separado, aunque coincidieron en un punto central: la defensa, con matices, de una política de Estado frente a una demanda que había puesto a la estatización de YPF en el centro de la tormenta.

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York revocó el fallo que obligaba a la Argentina a pagar más de US$16.000 millones por la expropiación de YPF. La decisión constituye uno de los hitos judiciales más relevantes de los últimos años en materia económica para el país, e incluso en países que no forman parte del sistema de justicia norteamericano.

El tribunal consideró que la sentencia de primera instancia, dictada por la jueza Loretta Preska, se basó en una interpretación errónea de la ley argentina. Ese fallo previo, de 2023, había condenado al Estado argentino a pagar una indemnización superior a 16.100 millones de dólares por no haber extendido una oferta pública a los accionistas minoritarios tras la estatización de 2012..

La Cámara de Apelaciones estuvo integrada por los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson. El fallo se resolvió con mayoría de dos votos contra uno, con una posición favorable a la Argentina que dejó sin efecto la condena económica.

Los jueces Chin y Robinson integraron la mayoría que rechazó el planteo de incumplimiento contractual bajo la ley argentina. En sus argumentos, entendieron que no correspondía considerar los estatutos de YPF como un contrato exigible en los términos planteados por los demandantes.

El juez Cabranes, en disidencia, sostuvo que los estatutos sí debían interpretarse como un contrato entre accionista. Desde esa visión, consideró que el Estado debió haber realizado una oferta pública de adquisición, lo que habría generado un daño indemnizable. �

Advirtió, además, que la decisión mayoritaria podría afectar la confianza de los inversores internacionales en determinados contextos de expropiación.

Más allá de la disidencia, el fallo dejó sin efecto un reclamo que se había convertido en la mayor condena económica contra la Argentina en tribunales internacionales. �

La resolución evitó un desembolso que equivalía a una porción significativa del presupuesto nacional, con impacto directo sobre la estabilidad fiscal. Desde el punto de vista económico, la decisión despeja uno de los principales focos de incertidumbre que pesaban sobre la Argentina en los mercados internacionales. También mejora el horizonte para la compañía, al eliminar un riesgo legal que condicionaba su proyección financiera y operativa.

El proceso judicial atravesó distintas administraciones —desde el kirchnerismo, pasando por el macrismo y hasta el actual gobierno— con una estrategia de defensa que se mantuvo consistente en el tiempo. En ese marco, el fallo refuerza la idea de continuidad de políticas de Estado en cuestiones estratégicas, más allá de los cambios de signo político.

La resolución también podría influir en la percepción de riesgo país, al reducir contingencias judiciales de magnitud. En términos de inversión, el fallo contribuye a mejorar el clima para el desarrollo de proyectos energéticos, en particular en áreas clave como Vaca Muerta.

Al mismo tiempo, establece un precedente relevante sobre cómo los tribunales estadounidenses interpretan procesos de nacionalización bajo derecho extranjero. El caso aún podría escalar a la Corte Suprema de Estados Unidos, aunque especialistas consideran poco probable que sea revisado. �

En definitiva, el fallo representa un alivio financiero inmediato y una señal institucional que puede impactar en la confianza de los inversores hacia la Argentina.

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